Pretenden "ampliar" el concepto de familia

La Constitución colombiana define claramente el matrimonio como la unión de un hombre y una mujer

 

Pretenden "ampliar" el concepto de familia

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ULTIMA HORA (7 de febrero) Ya hubo fijación en lista y se presentaron las opiniones ciudadanas. La resolución se espera para dentro de 6 u 8 meses en función de si hay audiencia pública o no

El lobby LGTB presentó una demanda contra La Ley de Protección de la Familia, la ley 1361 de 2009 por entender que era restrictiva a las familias formadas por matrimonios entre hombres y mujeres.

Grupos Profamilia -sin embargo- han presentado una contra demanda pidiendo que se respete el texto de la ley y la propia Constitución colombiana

Nuestra Constitución es muy clara. Es su art. 42 señala lo siguiente:

“La familia es el núcleo fundamental de la sociedad. Se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla (…) El Estado y la sociedad garantizan la protección integral de la familia”

Recordemos que la Corte Constitucional debe de aplicar la Constitución, no reinterpretarla

Por si fuera poco, el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Alberto Brunoni ha intervenido en la disputa recordando que la Corte ya se ha manifestado en varias ocasiones en favor de los derechos de la comunidad LGTB y que es necesario combatir estereotipos y prejuicios

Escribe a los miembros de la Corte Suprema y manifiéstales tu posición

Para más información:

El lobby LGTB justifica el activismo judicial de la Corte porque acusa al Congreso de violar los Derechos Humanos

Unos académicos repasan la jurisprudencia de la Corte Constitucional a favor del movimiento LGTB y aunque lo alaban, lo califican de “activismo judicial”

Revisa lo que dice nuestra Constitución sobre el matrimonio y la familia

La ONU incurre en injerencia ideológca al presionar a la Corte Constitucional colombiana

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Defiendan el art. 42 de nuestra Constitución

A la att. de la Corte Constitucional

Leo con preocupación que la Corte Constitucional estudia una demanda contra la Ley de Protección de la Familia, ley 1361 de 2009, por entenderla restrictiva.

Plantea la demanda ampliar el concepto de familia a las uniones homosexuales.

Además de razones morales y culturales, existen las razones jurídicas que son por las que deben de guiarse.

La Corte Constitucional es una institución cuyo objetivo es interpretar la Constitución, pero NUNCA reinterpretarla. En tal caso, asumiría competencias legislativas que no le son propias en una injerencia competencia inaceptable.

El art. 42 de nuestra Constitución señala lo siguiente:

“La familia es el núcleo fundamental de la sociedad. Se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla (…) El Estado y la sociedad garantizan la protección integral de la familia”

La redacción es tan clara que no necesita interpretación.

Por lo tanto, le pido que se respeten a si mismos, respetan la Constitución, el matrimonio entre un hombre y una mujer y la protección de la familia

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Defiendan el art. 42 de nuestra Constitución

A la att. de la Corte Constitucional

Leo con preocupación que la Corte Constitucional estudia una demanda contra la Ley de Protección de la Familia, ley 1361 de 2009, por entenderla restrictiva.

Plantea la demanda ampliar el concepto de familia a las uniones homosexuales.

Además de razones morales y culturales, existen las razones jurídicas que son por las que deben de guiarse.

La Corte Constitucional es una institución cuyo objetivo es interpretar la Constitución, pero NUNCA reinterpretarla. En tal caso, asumiría competencias legislativas que no le son propias en una injerencia competencia inaceptable.

El art. 42 de nuestra Constitución señala lo siguiente:

“La familia es el núcleo fundamental de la sociedad. Se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla (…) El Estado y la sociedad garantizan la protección integral de la familia”

La redacción es tan clara que no necesita interpretación.

Por lo tanto, le pido que se respeten a si mismos, respetan la Constitución, el matrimonio entre un hombre y una mujer y la protección de la familia

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